Registro de Empresas Acreditadas (REA)

Para garantizar la seguridad y calidad en el empleo, la Ley 32/2006, de 18 de octubre, y el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, que la desarrolla, establecen que toda empresa que tenga intención de intervenir en un proceso de contratación o subcontratación en el sector de la construcción debe estar inscrita previamente en este registro.

A partir del 26 de agosto de 2008 deben constar en el Registro todas las empresas con domicilio social en Cataluña que quieran ser contratadas o subcontratadas para trabajar en una obra de construcción. Asimismo, se inscribirán en este Registro las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de esta normativa que desplacen trabajadores a España, en virtud de lo previsto en la Ley 45/1999, de 29 de noviembre, cuando la su primera prestación de servicios tenga que llevar a cabo en el ámbito territorial de Cataluña.

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